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IOSA - auditoría de las actividades de los operadores

 

Programa IOSA (Auditoría de Seguridad Operacional Programa IATA) apunta a las auditorías de los operadores sobre la base de requisitos estandarizados para sus actividades (Normas IOSA y métodos recomendados - ISARPs). ISARPs especialmente diseñado IATA en 2001-2003gg. Contienen directrices pertinentes y los documentos de orientación para la evaluación de la gestión operativa y control (Gestión de Operaciones y Sistemas de Control) de los operadores. ISARPs basado en una síntesis de las mejores prácticas internacionales de operadores usado SARPS de la OACI y los principios de gestión de la calidad de los operadores, que han pasado el examen de prueba y los compañeros práctica un amplio grupo de expertos en la materia de acuerdo.

Las auditorías llevadas a cabo por el equipo de auditoría Programa IOSA incluidas en el especial, t E. En relación con el Programa IOSA, IATA organización acreditada (Organización de Auditoría - JSC). 1. Los resultados positivos de la auditoría El operador recibe el estado IOSA Operator (Operador IOSA) 2, que proporcionó la confirmación de la repetición de la prueba en dos años (esto no excluye a cabo auditorías al azar). Con base en los resultados de las auditorías formado la base de datos correspondiente (IOSA base de datos), que se supone que se utilizará para el monitoreo.

Programa IOSA puede ser considerado como uno de los componentes del sistema de monitoreo internacional de la actividad de la aviación. Por sus innegables ventajas incluyen: centrarse en lo suficientemente complejo y significativo objeto de regulación - de los operadores, que tienen la primaria (primaria) responsables de la aeronavegabilidad de la aeronave; el uso de métodos comunes y medios de evaluación (ISARPs) prácticamente todos los aspectos de las compañías aéreas.

Este programa refleja la IATA compromiso con los requisitos internacionales de normalización para un operador de aire en los estados, t. E. Armonización de las partes pertinentes de los sistemas nacionales de regulaciones de la aviación. Pero todavía no se ha resuelto la cuestión de la obligación de auditoría para todos los operadores (en la actualidad una auditoría es obligatoria sólo para los operadores - miembros de la IATA), y no existen motivos suficientes para la aprobación de las posibilidades de las evaluaciones comparativas de los portadores de los diferentes estados sobre la base de ISARPs, lo que provoca incertidumbre en el uso sus resultados para fines de regulación.

Con respecto al nivel de la regulación estatal de HA implementó el monitoreo es obligatorio y está incluido en el sistema de las directrices obligatorias y documentación (manuales y sistema de documentación). Proporciona las siguientes funciones en relación con el estado de los objetos de la regulación (sistema de regulación): Colección (comprobar medición) el modo de datos con una adquisición de control, procesamiento y análisis de los datos (en particular, los antecedentes de la apariencia de la pantalla cambia) sobre las características de los objetos de la regulación;

el uso de criterios estandarizados de evaluación o indicadores que se consideran (por ejemplo, sobre la base de resultados de la investigación) como una adecuada define el objeto de la regulación e interpretado adecuadamente (observabilidad e indicativo) estructuración de los datos recogidos, proporcionando la oportunidad de identificar el estado, y la interacción de los objetos de la regulación con el fin de evaluar y supervisar su continua cumplimiento de los requisitos y las causas de incumplimiento (identificabilidad y trazabilidad) aplicables.

Ejemplos de control obligatorio en relación, por ejemplo, el sistema de la regulación estatal de la LH son:

a nivel estatal:

  • a) datos obtenidos durante el registro, certificación y supervisión (incluidas las auditorías) para cada tipo de sujeto regulado;
  • b) datos de notificación obligatoria (notificaciones) para cada tipo de objeto regulado;
  • c) datos de investigaciones de accidentes e incidentes de aviación;

Regulación de nivel de objeto:

  • a) datos de contabilidad de la presencia y movimiento de TA por etapas del ciclo de vida y etapas dentro de cada etapa;
  • b) datos contables del tiempo de funcionamiento, resultados del seguimiento y diagnóstico del estado de AT, incluidos datos de registradores (acumuladores) de información y sistemas de control automatizados a bordo (BASK);
  • c) datos contables para la aplicación de acciones de control (por ejemplo, al implementar los programas de mantenimiento correspondientes).

Para la etapa actual de desarrollo de la esfera del transporte aéreo se caracteriza por el ritmo dinámico de los cambios cuantitativos y cualitativos. Por lo tanto, los deberes y obligaciones de los Estados en virtud del Convenio de Chicago requiere un nivel adecuado de control y aumentar la eficiencia de los sistemas de regulación estatal de la aviación civil mediante la mejora de la eficiencia del sistema de vigilancia, que debe estar asociado con el uso de tecnología de la información moderna.

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