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MAC - El Comité Interestatal de Aviación

 

El Comité Interestatal de Aviación (IAC) se estableció sobre una base contractual en diciembre 30 1991, fue incluido en el Registro de organizaciones internacionales intergubernamentales OACI y registrado en la Comunidad de Estados Independientes (CEI).

IAC es una organización intergubernamental de estados soberanos en Europa del Este a que se adhieran al Acuerdo sobre Aviación Civil y el uso del espacio aéreo, firmado en Minsk (Bielorrusia). A finales

2005, las partes en el Acuerdo son 12 Estados: la República de Azerbaiyán, Armenia, Bielorrusia, República de Georgia, Kazajstán, Kirguistán, República de Moldova, Federación de Rusia, Tayikistán, Turkmenistán, Uzbekistán y Ucrania. Dos estados - la República de Letonia y la República de Estonia - tienen la condición de observadores.

Bandera IAC

De acuerdo con la autoridad delegada a los estados-fundadores, el IAC está diseñado para servir a los objetivos de una política común y la coordinación en el uso del espacio aéreo, control del tráfico aéreo, la certificación del sol, campos de aviación y equipos, investigación de accidentes, para asegurar la unificación de las Reglas de aviones, sistemas, el desarrollo de una política coherente en el ámbito del transporte aéreo, coordinar el desarrollo e implementación de programas científicos y técnicos internacionales. Dado que el grado de delegación de los Estados IAC-fundadores de la autoridad no es la misma, entonces la naturaleza de su participación en las actividades de la IAC tiene diferencias significativas.

Las principales actividades de la IAC son:

  • el desarrollo y la formación de la estructura de las normas de aviación individuales y procedimientos en el ámbito de la aviación civil y el uso del espacio aéreo en la región de la CEI, así como su armonización con las normas de aviación, reconocidos por la comunidad de la aviación mundial;

  • Establecimiento y mantenimiento de un sistema unificado de certificación de equipos de aviación y su producción, su armonización con otros sistemas internacionales;

  • ahorrar para los estados - participantes del cuerpo profesional independiente de la CEI para la investigación de accidentes, proporcionando una investigación objetiva de los accidentes, no sólo en el territorio de la Comunidad, sino también fuera de ellas;

  • Protección para el mercado de la CEI de los servicios de transporte aéreo a través de acuerdos interestatales y reglamentos concertadas en materia de aranceles y asentamientos;

  • coordinación de la interacción de las autoridades en situaciones de emergencia y en las áreas de conflictos militares locales en el territorio de los estados - los participantes en el Acuerdo;

  • la lucha contra la interferencia ilícita en la aviación civil;

  • el desarrollo de la cooperación internacional con los Estados y las organizaciones internacionales de aviación civil con el fin de integrar a los Estados - partes en el Acuerdo de la comunidad aeronáutica mundial.

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